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¿Es obligatorio el canal de denuncias? Quién está obligado en 2026 (Ley 2/2023)

Desde la entrada en vigor de la Ley 2/2023, tener un canal de denuncias interno dejó de ser una buena práctica para convertirse en una obligación legal para gran parte del tejido empresarial español. Pero, ¿tu empresa está realmente obligada? En esta guía lo aclaramos, caso por caso.

¿Es obligatorio el canal de denuncias? Quién está obligado en 2026 (Ley 2/2023)
Claves rápidas
  • Obligadas todas las empresas privadas de 50 o más trabajadores.
  • Obligado todo el sector público, sin importar su tamaño.
  • Empresas de menos de 50 en ámbitos regulados (financiero, blanqueo, transporte, medio ambiente) también están obligadas.
  • No tenerlo es infracción muy grave: multas de hasta 1.000.000 €.

Qué dice la Ley 2/2023

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, traspone al ordenamiento español la Directiva (UE) 2019/1937 (conocida como Directiva Whistleblowing). Su objetivo es doble: proteger a quien informa de irregularidades (el informante) y obligar a las organizaciones a dotarse de un Sistema interno de información, es decir, un canal de denuncias.

La clave para saber si te afecta es tu tipo de organización y tu número de trabajadores. Vamos a verlo.

Empresas privadas: el umbral de los 50 trabajadores

La regla general es sencilla: toda empresa del sector privado con 50 o más trabajadores está obligada a disponer de un canal de denuncias interno. No importa el sector ni la forma jurídica (S.L., S.A., cooperativa…): si llegas a 50 personas en plantilla, la obligación te alcanza.

Equipo de una empresa obligada a implantar un canal de denuncias interno
Equipo de una empresa obligada a implantar un canal de denuncias interno

El cómputo se realiza sobre la plantilla media de la empresa. Si estás cerca del umbral o tienes dudas sobre cómo contar contratos a tiempo parcial o temporales, conviene revisarlo: nuestro diagnóstico gratuito te orienta en segundos.

El sector público está obligado siempre

A diferencia del ámbito privado, en el sector público la obligación no depende del tamaño. Ayuntamientos, diputaciones, organismos autónomos, universidades públicas y, en general, cualquier entidad del sector público institucional debe contar con su Sistema interno de información. Puedes ampliar información en nuestra guía sobre el canal de denuncias en ayuntamientos y administraciones.

Menos de 50 empleados: cuándo también estás obligado

Aunque tu empresa no llegue a 50 trabajadores, la ley te obliga igualmente si operas en determinados ámbitos regulados por el Derecho de la Unión, principalmente:

También están obligados los partidos políticos, sindicatos y fundaciones que reciban fondos públicos, con independencia de su plantilla.

¿Y si no estoy obligado? El canal voluntario

Si tienes menos de 50 empleados y no operas en un ámbito regulado, a día de hoy no estás obligado por ley. Aun así, muchas pymes implantan un canal ético de forma voluntaria: mejora el gobierno corporativo, transmite confianza a clientes y empleados, y te deja preparado para el momento en que crezcas. Con un plan gratuito, empezar no cuesta nada.

Compruébalo en 30 segundos

La forma más rápida de salir de dudas es hacer el diagnóstico de cumplimiento: en tres preguntas te decimos si tu organización está obligada, cuál es tu nivel de riesgo y qué pasos dar. Haz el diagnóstico gratis aquí.

Preguntas frecuentes

¿Cuentan los trabajadores a tiempo parcial para el umbral de 50?

El cálculo se hace sobre la plantilla de la empresa según los criterios laborales aplicables. Ante la duda con contratos parciales o temporales, conviene confirmarlo con tu asesoría; nuestro diagnóstico te da una primera orientación.

¿Un grupo de empresas puede compartir un único canal?

La normativa permite, con ciertas condiciones, compartir recursos del sistema de información dentro de un grupo, especialmente para entidades de tamaño medio. Cada caso debe valorarse.

¿Los autónomos están obligados?

Un autónomo sin trabajadores no está obligado por el umbral de 50, salvo que opere en un ámbito regulado. Puede implantar un canal de forma voluntaria.

Comprueba tu cumplimiento gratis

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